NORMATIVA DE CAZA DEPORTIVA 1996

Se encuentra autorizada la caza deportiva y el transporte por el cazador habilitado de ejemplares de las especies listadas a continuación: Perdiz, Paloma grande de monte, Paloma de alas manchadas, Paloma torcaza, Pato cara blanca, Pato silbón rojizo, Pato maicero, Pato picazo y Ciervo Axis. PalomaLa cuota de ejemplares autorizados a cazar y la extensión de la temporada se establecen para cada especie o grupo como sigue:
ESPECIE: Perdiz, Palomas, Patos, Ciervos, Axis,
CUOTA DIARIA DE EJEMPLARES 15 Sin límites 20 1 macho adulto
EXTENSION DE LA TEMPORADA 1° de mayo al 31 de julio 1° de enero al 31 de agosto 1° de mayo al 31 de julio Todo el año COSTO 2 UR 2 UR 3 UR 4 UR.
El transporte de las piezas de caza queda restringido al doble de la cuota diaria de abatimiento establecida y es permitido solamente al cazador habilitado, munido de permiso de caza, documento de identidad y guía de las armas. No es permitida la caza en los departamentos de Montevideo y Canelones. La caza de patos es permitida en todo el país, con excepción de las Lagunas José Ignacio, Garzón, de Rocha, Castillos y Negra, incluyendo los humedales de sus respectivas cuencas hidrográficas.

La práctica de la caza deportiva de las especies arriba listadas requerirá la tramitación de un permiso de caza. El permiso de caza es el documento único, personal e intransferible, de validez nacional, para practi- car la caza. Caza del JabalíEl permiso se gestionar en la Dirección General de Recursos Naturales Renovables en Montevideo o en las oficinas regionales habilitadas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca en el interior del país. Carecerá de validez aquel permiso donde no constare fecha de expedición, fecha de inicio de vigencia, sello de la oficina expedidora, firma del funcionario expedidor, así como todo aquel permiso que contenga enmendaduras. El permiso de caza deportiva deber portarse en todo momento acompañando los frutos de la caza. No será válido todo permiso cuyo titular no portare consigo, en ocasión de un procedimiento inspectivo, documento de identidad y guía de las armas. Son requisitos para la tramitación de permiso de caza deportiva: ser mayor de 18 años, presentar documento de identidad, guía de las armas y declarar domicilio constituido. Los datos aportados por el solicitante del permiso tendrán el tenor de declaración jurada. No es permitido expedir, a nombre de un mismo titular, más de un permiso para una misma especie con períodos de vigencia coincidentes total o parcialmente. Los permisos supernumerarios, resultarán mutuamente invalidados. Todo solicitante de permisos de caza podrá obtener en el acto permisos con períodos de vigencia seriados consecutivamente, tramitándolos en una única gestión ante la oficina expedidora, para lo cual se indicar en cada uno la fecha de inicio de vigencia. No obstante lo anterior, ante infracciones graves constatadas en el uso de uno de los permisos, La Dirección de Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, podrá disponer, en forma acumulativa a las multas y decomisos que correspondan, la suspensión de los permisos restantes por un lapso de hasta ciento ochenta días. La vigencia de los permisos de caza deportiva queda establecida en 8 días consecutivos a partir de la fecha de expedición o de la fecha de inicio de vigencia que haga constar expresamente en el permiso la oficina expedidora ante solicitud del permisado. Los ejemplares y productos de especies derivados de la caza no pueden ser objeto de comercio. Se encuentra prohibida la caza si se practicara, indistintamente, por la noche, desde vehículos, con armas de fuego dentro de un radio de tres quilómetros de centros poblados o escuelas rurales, en caminos públicos, así como en ausencia de consentimiento del propietario u ocupante del predio. La utilización no autorizada de cebos tóxicos, así como el hecho de dar muerte a animales de la fauna silvestre mediante envenenamiento, se reputarán como actos de caza de grave entidad.

SEDE CENTRAL DE REFERENCIA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Cerrito 318, Montevideo. C.P 11.000
TEL. 95.64.52/53 - 95.84.34 - 95.67.41 - FAX 956456

© Todos Los Derechos Reservados - Turismo del Uruguay.com - WebMaster